A- de 2025
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante La Previsora Sa·Demandado Rodriguez Sanchez Javier Fernando
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 010 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 046 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad, suscitado por una demanda ejecutiva conexa presentada por la Fiduciaria la Previsora S.A., como vocera del patrimonio autónomo “PAP Fiduprevisora S.A., Defensa Jurídica Extinto Departamento Administrativo de Seguridad – DAS”, en contra de un ciudadano, con la cual pretende cobrar una suma de dinero por concepto de condena en costas, las cuales fueron impuestas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el marco de un proceso anterior de nulidad y restablecimiento.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a la regla de decisión prevista en Auto 008/22, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 010 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 010 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 046 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 010 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución formulada por la Fiduprevisora en contra de Javier Fernando Rodríguez Sánchez.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6246 al Juzgado 010 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 046 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.