A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Mosquera Ramirez Jose De Los Santos·Demandado Departamento Del Valle Del Cauca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre el cumplimiento de convención colectiva de trabajo de trabajador oficial
- Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado Dieciséis Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Se presenta la controversia por causa de una demanda laboral presentada por un ciudadano, en contra del departamento del Valle del Cauca, cuya pretensión radica en que se declare la ineficacia de la terminación de la relación laboral entre las partes, que es beneficiario de los efectos ex tunc de la sentencia del 22 de mayo de 2014 proferida por el Consejo de Estado y que tiene derecho a la reincorporación al cargo de obrero que desempeñó, además de la condena al pago de acreencias laborales y otros conceptos relatados en escrito de demanda.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, conforme la regla de decisión contenida en los Autos 872 de 2021 y 011 de 2022 que en esta oportunidad se reiteran, resuelve que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial contra una entidad pública, condición que se constata no solo con la naturaleza del vínculo laboral y las funciones que desempeña, sino también, con la circunstancia de buscar la aplicación de un derecho derivado de una convención colectiva de trabajo.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y comunique la presente providencia al Juzgado Dieciséis Administrativo del Circuito, así como a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de declarar que el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer el proceso instaurado por José de los Santos Mosquera Ramírez en contra del departamento del Valle del Cauca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5044 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y comunique la presente providencia al Juzgado Dieciséis Administrativo del Circuito, así como a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.