Micelio
Auto6 de octubre de 2020

A- de 2020

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 convoca a una sesión técnica informativa sobre a la garantía de los derechos de la población en situación de desplazamiento o en riesgo de estarlo en el contexto de la pandemia por el COVID-19.

Para el efecto se fija como fecha y hora para el desarrollo de dicha sesión el día 19 de octubre del año en curso, a partir de las ocho y treinta de la mañana hasta las doce y cuarenta del medio día.

Se dispone que esta diligencia se lleve a cabo a través de la plataforma de Microsoft Teams.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. Primero. CITAR a una sesion tecnica, por intermedio de la Secretaria de la Corte Constitucional, a un representante del Consejo Comunitario General del San Juan (ACADESAN)16, de los pueblos Wayuu17 y Yukpa18, de la Asociacion de Cabildos Indigenas del Cesar y la Guajira Dusakawi EPSI19, de la Organizacion Nacional Indigena de Colombia20, de la Organizacion de los Pueblos Indigenas de la Amazonia Colombiana21, de la Consultoria para los Derechos Humanos y el Desplazamiento22, de la Defensoria Delegada para los Derechos de la Poblacion en Movilidad Humana23 y de la Procuraduria Delegada para Asuntos Etnicos24.
  2. Las intervenciones se deberan concentrar sobre los cinco aspectos senalados en el fundamento
  3. septimo. (7deg) de este auto, las cuales se deben desarrollar en una extension no mayor a veinte (20) minutos.
  4. Para confirmar la asistencia, se solicita remitir al correo desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co los nombres de los representantes y el correo electronico al cual se remitira el enlace de la plataforma Microsoft Teams para intervenir en la sesion tecnica, antes del catorce (14) de octubre.
  5. Segundo. INVITAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a un representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados25 para que asistan a la sesion tecnica que se convoca en la presente providencia.
  6. Para confirmar la asistencia, se solicita remitir al correo desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co el nombre del representante y el correo electronico al cual se remitira el enlace de la plataforma Microsoft Teams para intervenir en la sesion tecnica, antes del catorce (14) de octubre.
  7. Tercero. FIJAR como fecha y hora para el desarrollo de la sesion tecnica, el diecinueve (19) de octubre del ano en curso, a partir de las ocho y treinta de la manana (8:30 a.m.) hasta las doce y cuarenta (12:40). Esta diligencia se llevara a cabo a traves de la plataforma de Microsoft Teams.
  8. Cuarto. REMITIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Gobierno Nacional, en cabeza de la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social26 y del director de la Unidad para las Victimas27, los informes citados en los fundamentos dos a cinco de esta decision para que, si asi lo estiman pertinente y necesario, se pronuncien acerca de las pretensiones de los actores.
  9. Este documento, de ser el caso, debera ser presentado dentro de un termino no superior a los diez (10) dias habiles contados a partir de la comunicacion del presente auto a traves del correo de la Secretaria General de esta Corporacion (secretaria1@corteconstitucional.gov.co).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.