Micelio
Auto10 de agosto de 2016

A- de 2016

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Lider Antonio David Higuita·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Factor Territorial En Accion De Tutela
  • Posibilidades con observancia del principio pro homine para determinar la competencia
Competencia A Prevención En Tutela
  • Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Vigésimo Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sopetrán (Antioquia).

Se recuerda que la jurisprudencia constitucional ha indicado que pese a existir múltiples autoridades competentes, los jueces, antes de abstenerse de asumir el conocimiento de una solicitud de amparo, deben tener en cuenta la elección que haya efectuado el accionante respecto al lugar donde desea se tramite la acción y la jurisdicción que conozca la misma.

Analizado el caso encontró la Sala que el actor decidió interponer la solicitud de amparo en el lugar donde se está generando la supuesta vulneración, esto es, la ciudad de Medellín.

Consecuentemente y, conforme al principio pro homine, se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado de la precitada ciudad, para que sin más demoras profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 14 de abril de 2016 proferido por el Juzgado Vigésimo
  2. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor Lider Antonio David Higuita contra la Unidad Administrativa Especial para la Reparación a las víctimas.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Lider Antonio David Higuita contra la Unidad Administrativa Especial para la Reparación a las victimas al Juzgado Vigésimo
  4. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, para que sin más demoras profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  5. TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Sopetran, Antioquia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.