A- de 2020
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Jorge Luis Pabon Apicella
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencias dentro de los estrictos y precisos términos del artículo 241 de la Constitución
- Rechazar por extemporáneo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
En el auto de rechazo se señaló que: (i) la demanda no efectuó el señalamiento de las normas acusadas; (ii) tampoco se efectuó la transcripción literal de las disposiciones demandadas o la inclusión en la demanda del ejemplar de la publicación oficial que las contiene “lo que impide determinar de forma clara y precisa el objeto sobre el que versa la acusación”; (iii) la demanda sostiene que existe una reforma constitucional de facto, derivada de la ineficacia sustantiva de algunos mandatos superiores, frente a lo cual la Corte es manifiestamente incompetente, conforme a lo previsto en el artículo 241 de la Constitución.
Para la Sala Plena de la Corporación resultó evidente que el recurrente no aportó motivos concretos de inconformidad y que en los escritos de corrección no se dio un hilo conductor, ni no son claros en su redacción.
No obstante lo anterior, aclaró que el recurso de súplica no procede para corregir, modificar, reiterar las razones expuestas en la demanda, así como tampoco para solicitar por parte del recurrente aclaración o adición alguna.
Con base en lo anterior, se rechaza el recurso interpuesto y se CONFIRMA la providencia cuestionada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. RECHAZAR el recurso de suplica presentado contra el Auto del 1o de septiembre de 2020, proferido por el Magistrado Luis Guillermo Guerrero Perez, que rechazo la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Jorge Luis Pabon Apicella, en contra de la reforma de facto a los articulos 174 y 175 de la Constitucion Politica, asi como frente al numeral 3 del articulo 3 del Acto Legislativo 01 de 2018, radicado D-13807, por las razones expuestas en el presente Auto.
- Segundo. COMUNICAR, a traves de la Secretaria General de la Corte, el contenido de esta decision a la parte demandante, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. ARCHIVAR el expediente D-13807.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.