Micelio
Auto1 de julio de 2021

A- de 2021

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Jordan David Caballero Gonzalez Y Eluid Sarmiento Sanchez·Demandado Jordan David Caballero Gonzalez Y Eluid Sarmiento Sanchez

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-No Hay Manifestación Por Parte De La Jurisdicción Penal Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Segundo Penal Municipal de Itagüí (Antioquia).

La Sala observa que en este asunto no se satisface el presupuesto subjetivo, por tanto, no está configurado conflicto de jurisdicción alguno, ya que ante la solicitud de la abogada defensora de los patrulleros de la policía, el Juzgado Segundo Penal Municipal de Itagüí dio trámite a una supuesta colisión de jurisdicciones, sin que existiese pronunciamiento alguno de la Jurisdicción Penal Militar.

En consecuencia, la Corte Constitucional declarará la inhibición respectiva y se enviará el expediente al Juzgado de origen para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el conflicto de jurisdicciones planteado por el Juzgado
  2. Segundo. Penal Municipal de Itagüí dentro del radicado 2019-00566, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-487 a el Juzgado
  4. Segundo. Penal Municipal de Itagüí, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.