Micelio
Auto21 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante --·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En el marco del seguimiento al cumplimiento de las órdenes proferidas en la Sentencia SU.020/22 y al Estado de Cosas Inconstitucional allí declarado, la Sala Especial decidió con el presente proveído (i) correr traslado de los informes presentados por varias autoridades con posterioridad a las sesiones técnicas convocadas mediante el Auto 1929/24, a varios alcaldías, gobernaciones y autoridades, con el fin de que se pronuncien sobre las propuestas y planes de trabajo formuladas en dichos documentos; (ii) convocar la tercera sesión técnica sobre el Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida del subcomponente de prevención y reacción, enfocada en el bloqueo institucional y la práctica inconstitucional relacionados con las competencias y responsabilidades de las entidades territoriales.

Para el efecto se fijó el día 28 de abril de 2025 y realizó las citaciones e invitaciones del caso

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (92 puntos)
  1. PRIMERO. A través de la Secretaría General de la Corte, TRASLADAR los informes presentados por: la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior, la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y su Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz, el Sector de Defensa, la Unidad Nacional de Protección (UNP), la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) , la Procuraduría General de la Nación y las delegaciones de la población firmante de paz ante la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI) y el Consejo Nacional de Reincorporación (CNR), a las alcaldías de los cien municipios y distritos que agrupan el mayor número de firmantes de paz en proceso de reincorporación y que reportan alertas tempranas relacionadas con dicha población, así como a sus respectivas gobernaciones, de acuerdo con la tabla 1 del anexo de esta providencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a las alcaldías de los cien municipios y distritos, así como a sus respectivas gobernaciones, relacionados en la tabla 1 del anexo de esta providencia, que PRESENTEN, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la notificación del presente auto, un informe en el que: (i) se pronuncien sobre las propuestas y planes de trabajo presentados por las entidades nacionales y; (ii) formulen sus propuestas para superar los bloqueos y prácticas inconstitucionales diagnósticas por la Sala en el Auto 1929 de 2024, de acuerdo con sus competencias y roles en el Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida. Para ello, deberán contestar detalladamente las preguntas formuladas en el literal D de esta providencia.
  3. TERCERO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, TRASLADAR los informes presentados por la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior, la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y su Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz, el Sector de Defensa, la Unidad Nacional de Protección (UNP), la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) y la Procuraduría General de la Nación a: (i) las delegaciones de los y las firmantes de paz ante la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI) y (ii) el Consejo Nacional de Reincorporación (CNR); (iii) el Instituto Kroc de Estudios Internacionales de Paz; (iv) la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES); (v) CINEP/PPP-CERAC- Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación del Acuerdo de Paz; (vi) el Proyecto Del Capitolio al Territorio; (vii) el Centro de Pensamiento y Diálogo Político (CEPDIPO); (viii) la Federación Nacional de Departamentos; y (ix) la Federación Colombiana de Municipios, de acuerdo con las consideraciones del literal D de esta providencia, con el fin de que en el término de diez (10) días hábiles, remitan a esta Sala sus observaciones respecto de las propuestas presentadas en los informes.
  4. La Sala también pondrá a disposición de las organizaciones los informes presentados por las delegaciones de los y las firmantes de paz ante la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI) y el Consejo Nacional de Reincorporación (CNR), en respuesta al Auto 1929 de 2024.
  5. CUARTO. CONVOCAR la tercera sesión técnica sobre el Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida del subcomponente de prevención y reacción, enfocada en el bloqueo institucional y la práctica inconstitucional relacionados con las competencias y responsabilidades de las entidades territoriales. Esta sesión se llevará a cabo el 28 de abril de 2025, en la Sede del Palacio de Justicia, en los términos de las consideraciones de los literales E, F, G, y H de esta providencia.
  6. QUINTO. CITAR, por medio de la Secretaría General de la Corte, a los alcaldes y gobernadores de los siguientes municipios y departamentos, de acuerdo con esta agenda:
  7. Sesión técnica territorial
  8. Propuestas para superar los bloqueos y prácticas inconstitucionales del Sistema de Alerta y Reacción Rápida
  9. Entidades y delegaciones intervinientes
  10. Horario
  11. Instalación de la audiencia
  12. 8:10 a.m. - 8:20 a.m.
  13. Intervenciones de la macrorregión suroccidente
  14. Gobernador del departamento de Valle del Cauca
  15. 8:20 a.m. - 8.30 a.m.
  16. Gobernador del departamento de Cauca
  17. 8.30 a.m. - 8:40 a.m.
  18. Alcalde del municipio de Buenos Aires
  19. 8:40 a.m. - 8:50 a.m.
  20. Alcalde del municipio de Caldono
  21. 8:50 a.m.- 9:00 a.m.
  22. Gobernador del departamento de Nariño
  23. 9:00 a.m.- 9:10 a.m.
  24. Alcalde del municipio de San Andrés de Tumaco
  25. 9:10 a.m.- 9:20 a.m.
  26. Delegado/a de firmantes de paz de la macrorregión suroccidente
  27. 9:20 a.m.- 9:30 a.m.
  28. Preguntas
  29. 9:30 a.m. - 9:50 a.m.
  30. Pausa
  31. 9:50 a.m. - 10:00 a.m.
  32. Intervenciones de la macrorregión Sur Amazonía
  33. Gobernador del departamento del Huila
  34. 10:00 a.m. - 10:10 a.m.
  35. Gobernador del departamento de Caquetá
  36. 10:10 a.m. - 10:20 a.m.
  37. Gobernador del departamento de Putumayo
  38. 10:20 a.m. - 10:30 a.m.
  39. Alcalde del municipio de Puerto Asís
  40. 10:30 a.m. - 10:40 a.m.
  41. Delegado/a de firmantes de paz de la macrorregión sur Amazonía
  42. 10:40 a.m. - 10:50 a.m.
  43. Preguntas
  44. 10:50 a.m. - 11:10 a.m.
  45. Intervenciones de la macrorregión Centro Andina
  46. Gobernador del departamento del Tolima
  47. 11:10 a.m. - 11:20 a.m.
  48. Delegado/a de firmantes de paz de la región centro andina
  49. 11:20 a.m. - 11:30 a.m.
  50. Intervenciones de la macrorregión Nororiente
  51. Gobernador del departamento de Norte de Santander
  52. 11:30 a.m. - 11:40 a.m.
  53. Gobernador del departamento de Antioquia
  54. 11:40 a.m. - 11:50 a.m.
  55. Alcalde del municipio de Yondó
  56. 11:50 a.m. - 12:00 p.m.
  57. Delegado/a de firmantes de paz de la macrorregión nororiente
  58. 12:10 p.m. - 12:20 p.m.
  59. Preguntas
  60. 12:20 p.m. - 12:40 p.m.
  61. Receso para almuerzo
  62. 12:40 p.m. - 2:00 p.m.
  63. Intervenciones de la macrorregión Centro Oriente
  64. Gobernador del departamento de Arauca
  65. 2:00 p.m. - 2:10 p.m.
  66. Alcalde del municipio de Arauquita
  67. 2:10 p.m. - 2:20 p.m.
  68. Delegado/a de firmantes de paz de la macrorregión centro oriente
  69. 2:20 p.m. - 2:30 p.m.
  70. Intervenciones de la macrorregión Orinoquía
  71. Gobernador del departamento de Meta
  72. 2:30 p.m. - 2:40 p.m.
  73. Alcalde del municipio de Mesetas
  74. 2:40 p.m. - 2:50 p.m.
  75. Gobernador del departamento de Guaviare
  76. 2:50 p.m. - 3:00 p.m.
  77. Alcalde del municipio de San José del Guaviare
  78. 3:00 p.m. - 3:10 p.m.
  79. Delegado/a de firmantes de paz de la región Orinoquía
  80. 3:10 p.m. - 3:20 p.m.
  81. Preguntas
  82. 3:20 p.m. - 3:40 p.m.
  83. Cierre de la Sesión Técnica
  84. 3:40 p.m.
  85. SEXTO. INVITAR, por medio de la Secretaría General de la Corte a la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior, la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y su Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz, el Sector de Defensa, la Unidad Nacional de Protección, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización- ARN y la Procuraduría General de la Nación.
  86. SÉPTIMO. CONVOCAR, por medio de la Secretaría General de la Corte, a las delegaciones y colectivos de firmantes para que designen un delegado o delegada de la población firmante de paz por cada una de las macrorregiones suroccidente, sur Amazonía, centro andina, centro oriente, nororiente y Orinoquía, con el fin de que participen en la sesión técnica, en los términos del literal G de esta providencia.
  87. OCTAVO. INVITAR, por medio de la Secretaría General de la Corte, a los colectivos y organizaciones de firmantes de paz a PRESENTAR la información que consideren relevante para el objeto de las sesiones convocadas. En caso de que consideren necesario participar en la sesión técnica deberán REMITIR sus solicitudes a la Sala antes del 8 de abril de 2025.
  88. NOVENO. INVITAR a la Federación Colombiana de Municipios; la Federación Nacional de Departamentos; los representantes a la Cámara de los departamentos citados; el Proyecto del Capitolio al Territorio; el Instituto Kroc de Estudios Internacionales de Paz; la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES); al CINEP/PPP-CERAC- Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación del Acuerdo de Paz; el Centro de Pensamiento y Diálogo Político (CEPDIPO); la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz; el Equipo de Prevención de la Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz; la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional; el despacho del magistrado José Fernando Reyes Cuartas de la Corte Constitucional; la Unidad Especial de Investigación de la Fiscalía General de la Nación; la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia; la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia (MAPP-OEA); la Contraloría Delegada para el Posconflicto.
  89. DÉCIMO. ORDENAR al jefe de Divulgación y Prensa de la Corte Constitucional INFORMAR a la ciudadanía sobre la realización de la sesión técnica convocada en este auto.
  90. DECIMOPRIMERO. REQUERIR a la Dirección del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) para que disponga de todos los recursos necesarios para asegurar la transmisión de las sesiones técnicas convocadas en esta providencia.
  91. DECIMOSEGUNDO. NOTIFICAR esta providencia a las autoridades, organizaciones, organismos multilaterales y delegaciones mencionados en los numerales
  92. primero. a decimoprimero de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.