A-344/26 de 2026
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 001 Laboral de Pereira y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda, ocasionado por una demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, en contra del municipio de Pereira, para que se declare la existencia de una relación laboral entre las partes, su calidad como trabajador oficial, beneficiario de las convenciones colectivas de trabajo celebradas entre el Municipio de Pereira y el Sindicato de trabajadores del Municipio de Pereira, el reintegro y, el pago de las prestaciones sociales debidas, entre otras pretensiones.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el demandante afirma haber prestado sus servicios al municipio de Pereira por medio de contratos sucesivos de prestación de servicios.
Esta Corporación en sus autos recientes ha establecido que le corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer de este tipo de controversias, puesto que la falta de jurisdicción no se suscita por las funciones que desarrolla el trabajador demandante, sino que se discute la legalidad de la modalidad contractual (contratos de prestación de servicios) utilizada por el municipio para vincular a su personal.
En este caso, la calidad de trabajador oficial del demandante no está determinada y es precisamente objeto de la controversia suscitada y, los contratos que reposan en el expediente son, en principio, de prestación de servicios.
Se reitera regla de decisión contenida en el Auto 492/21 que asigna a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo la competencia, de conformidad con el artículo 104 del CPACA.