A- de 2015
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Vasquez Leon Alvaro·Demandado Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Luego de reiterar la jurisprudencia constitucional que ha establecido que por la aplicación de normas de reparto establecidas en el Decreto 1382 de 2000 no se autoriza al juez de tutela a declararse incompetente, la Sala dirimió la controversia ordenando enviar el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bogotá para que, asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo deprecada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de junio de 2015 proferido por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogota, en el cual decidio que no era competente por las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1382 de 2000, para conocer la accion de tutela interpuesta por el senor Alvaro Vasquez Leon contra el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio y la Secretaria de Educacion de Bogota.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogota, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la accion de tutela de la referencia.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Municipal de Pequenas Causas Laborales de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.