Micelio
Auto1 de agosto de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sala De Seguimiento

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Desplazamiento Forzado
  • Estado de cosas inconstitucional declarado en sentencia T-025/04
Juez
  • Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
  • Autorización de visitas a terreno con el objetivo de recoger información que se considere relevante para el proceso de seguimiento al cumplimiento de lo dispuesto por la
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En el marco del proceso de verificación del cumplimiento de la Sentencia T-025/04 y de sus autos complementarios, la Sala dispuso autorizar a dos funcionarios del equipo de seguimiento para recabar información determinante para conocer los avances, estancamientos y retrocesos en el goce efectivo de los derechos de comunidades y pueblos considerados en extrema vulnerabilidad, como son los de la subregión baja del Cauca Antioqueño y los Indígenas Jiw y Nukak del Departamento del Guaviare.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. En merito de lo expuesto, el suscrito Magistrado, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
  2. RESUELVE
  3. Primero. AUTORIZAR a LUCIA ESTELA GARCIA DELGADO, identificada con la cedula de ciudadania No. 59.828.323 de Pasto, Profesional Especializada grado 33 y a FELIX EDUARDO TORRES PENAGOS, identificado con cedula de ciudadania No.1.019.007.609 de Bogota, Profesional Especializado grado 33, a efectos de que realicen las visitas referidas en el parrafo 4to. de esta providencia y recojan la informacion que consideren relevante para el proceso de seguimiento al cumplimiento de lo dispuesto por la sentencia T-025 de 2004 y sus autos complementarios. Se debera presentar un informe de cada una de las visitas efectuadas dentro de los diez (10) dias siguientes a las mismas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.