A-334/26 de 2026
Ponente Carlos Camargo Assis
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 009 Administrativo Oral de Neiva y el Juzgado 001 Civil del Circuito de Garzón, Huila, causado por una demanda en ejercicio del medio de control de reparación directa presentada por unos ciudadanos, contra la empresa Emgesa S.A.
E.S.P., para que se declare su responsabilidad administrativa y patrimonial por los perjuicios ocasionados a raíz de la construcción del Proyecto Hidroeléctrico “El Quimbo”, y el no haberlos incluido en el grupo de personas beneficiarias con la compensación establecida por la declaratoria de utilidad pública del Proyecto y se proceda de conformidad.
Al analizar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena constata la configuración del fenómeno de la cosa juzgada en el presente asunto.
Se advierte que, mediante providencia del 9 de octubre de 2019, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, frente a un caso que, con el que se analiza, presenta identidad de partes, identidad de objeto e identidad de causa, elementos que configuran la cosa juzgada, asignó la competencia del caso al Juzgado 009 Administrativo Oral de Neiva.
Por dicha causa, la Sala concluye que, en el presente, no existe conflicto de competencia alguno por resolver, toda vez este ya fue resuelto por la autoridad judicial mencionada y, en ese sentido, no es dable realizar un nuevo estudio de fondo, sino que corresponde estarse a lo allí resuelto.