A- de 2010
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Fernando Jose Torres Paniagua·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Valoración de razonabilidad y proporcionalidad del tiempo de presentación está a cargo del juez constitucional y debe hacerse de acuerdo a circunstancias y elementos del caso concreto
- Carga argumentativa con relación al principio de inmediatez esta en cabeza del demandante
- Análisis sobre la inmediatez debe ser más estricto
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales de procedibilidad
- Falta de inmediatez no es causal de improcedencia pero si indicio de inexistencia de perjuicio irremediable frente a existencia de otro mecanismo de protección judicial
- Causal de nulidad de fallos de tutela proferidos por Salas de Revisión
- Modificaciones y adecuaciones por Sala Plena de la Corte Constitucional
- Requisito general de procedencia
- Procedibilidad formal y material
- Ejercen autonomía interpretativa y desarrollan argumentación jurídica racional
- No toda contradicción con sentencias anteriores configura nulidad, refiere desconocimiento de sentencia proferida por Sala Plena cuya ratio decidendi coincide con sentencia cuya nulidad se solicita
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Nulidad.
El impugnante solicita la nulidad de la sentencia T-605/09.
Según el solicitante, la providencia modificó la jurisprudencia establecida en la sentencia C-543/02, acerca de la obligación que tienen los jueces constitucionales de hacer un juicio concreto sobre el requisito formal de la inmediatez.
Para el peticionario, la Corte Constitucional debe hacer efectivo el principio de igualdad en la aplicación en la Ley, y considera, que precisamente se le vulneró este derecho al no hacer un estudio juicioso de su propia doctrina.
Para la Corporación, el cargo formulado se reduce a una inconformidad con los criterios hermenéuticos aplicados por la Sala de Revisión.
Se decide RECHAZAR por improcedente la solicitud.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional,
- RESUELVE:
- DENEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-605 de 2009 proferida por la Sala Quinta de Revision de la Corte Constitucional, presentada por el senor Fernando Jose Torres Paniagua.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.