Micelio
Auto20 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Giron Jose William·Demandado Empresas Municipales De Cali Emcali

Tema · dato duro
Demanda Interpuesta Por Trabajador Oficial, En La Que Se Pretende La Nulidad Del Acto Administrativo Que Negó El Reajuste De Su Pensión De Jubilación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Tribunal Administrativo de Valle del Cauca y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali, originado por una acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por un ciudadano, en contra de Empresas Municipales de Cali, con el objetivo de solicitar que se reconozca y reajuste su pensión de jubilación, se declare la nulidad del acto administrativo por medio del cual se dio respuesta a la reclamación administrativa en dicho sentido.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena menciona que, conforme el artículo 12 de la Ley 270/96, el artículo 2.5 del CPTSS y los artículos 104.4 y 105.4 del CPACA, la naturaleza de la vinculación del trabajador, al momento de causar la prestación, determina la jurisdicción competente.

Así las cosas, “en las controversias en materia de seguridad social, la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa se determina mediante dos factores concurrentes: la naturaleza jurídica de la entidad demandada y la calidad jurídica –determinada por la naturaleza del vínculo laboral y las funciones que desempeña– del sujeto que demanda”.

De allí que, En los casos en que la controversia trate sobre derechos pensionales de un trabajador oficial, el conocimiento del asunto le corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral, conforme la regla de decisión del Auto 243/22.

En este caso, se encuentra que al momento de retiro, el accionante ostentaba la calidad de trabajador oficial.

La Corte dispone el envío del expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Valle del Cauca y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali, en el sentido de DECLARAR que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por José William Girón en contra de EMCALI con el objetivo de solicitar que se declare la nulidad del acto administrativo que negó el reajuste de su pensión.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6232 a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.