Micelio
Auto21 de febrero de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Andrade Pasinga Efren Freidi·Demandado Municipio De Mocoa

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral-Controversias Sobre Prestaciones Laborales Promovidas Por Trabajadores Oficiales Causadas En Virtud De Contrato De Trabajo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa y el Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa.

Causa la controversia, demanda ordinaria laboral promovida por un ciudadano, en contra del municipio de Mocoa, Putumayo, con el fin de obtener, entre otros, el pago del salario adeudado por causa de su vinculación con la entidad en la ejecución de funciones como obrero y vigilante.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, siguiendo las disposiciones del numeral 4° del artículo 105 del CPACA y del numeral 1° del artículo 2 del CPTSS y la regla del Auto 072 de 2022 reitera, con base en esta última que, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer el proceso laboral promovido por un trabajador oficial, hecho último que se verifica con la naturaleza del vínculo laboral del demandante durante su vinculación con la entidad pública demandada.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, Sala Única para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, Sala Única y el Juzgado
  2. Segundo. Administrativo de Mocoa, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa conocer sobre la demanda presentada por el señor Efren Freidi Andrade Pasinga contra el municipio de Mocoa, Putumayo.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4303 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, Sala Única para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Segundo. Administrativo de Mocoa y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.