Micelio
Auto5 de diciembre de 2001

A- de 2001

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Oscar Hernando Gil Isaza

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Entre Tribunales Administrativos
  • Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró que la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado es competente para decidir sobre el conflicto de competencia surgido entre la Sala Primera de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia y la Sección Segunda, Subsección C, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, toda vez que es el superior jerárquico común.

En consecuencia, se ordenó enviar el expediente a la citada Sala para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar que la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado es competente para decidir sobre el conflicto de competencia, surgido entre la Sala Primera de Decision del Tribunal Administrativo de Antioquia y la Seccion Segunda, Subseccion C, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
  2. Segundo. Ordenar que por Secretaria General, se envie el expediente a la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.