Micelio
Auto5 de diciembre de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Celsia Colombia Sa Esp·Demandado Municipio Del Libano Tolima

Tema · dato duro
Proceso Judicial Para Cobro De Facturas Por Prestación De Servicio Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal del Líbano, Tolima y el Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué.

La controversia se causa por demanda ejecutiva iniciada por la empresa Celsia Colombia S.A.

E.S.P, en contra del municipio del Líbano, Tolima, a través de la cual pretende que se libre mandamiento de pago en su favor por el monto contenido en dos facturas, con sus respectivos intereses moratorios, correspondientes al consumo de energía eléctrica.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena sigue la regla de decisión del Auto 708 de 2021 para concluir que la jurisdicción ordinaria civil conocerá de los procesos ejecutivos donde se pretendan cobrar facturas en el marco de un contrato de prestación de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, el cual fue reformado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001.

En virtud de lo anterior, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal del Líbano, Tolima, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique esta decisión Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones planteado entre el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal del Líbano, Tolima, y el Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Segundo. Promiscuo Municipal del Líbano, Tolima, es la autoridad competente para conocer el proceso ejecutivo promovido por la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P., en contra del municipio del Líbano, Tolima.
  4. SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4353 al Juzgado
  5. Segundo. Promiscuo Municipal del Líbano, Tolima, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique esta decisión Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.