Micelio
Auto5 de diciembre de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Velasco Sandoval Jorge Eliecer

Tema · dato duro
Demanda Relativa A La Devolución De Aportes Parafiscales Del Sistema De Seguridad Social En Salud Y Pensiones.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Demandas relativas a la devolución de aportes parafiscales del sistema de seguridad social en salud y pensiones
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sexto Laboral Municipal de Pequeñas Causas de Cali y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Cali.

La controversia fue ocasionada por demanda declarativa civil, acción in rem verso, iniciada por la administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones- en contra de un ciudadano, en la que pretende, entre otras, que se declare que el demandado es responsable civil patrimonial y extracontractualmente de enriquecerse sin justa causa con ocasión de dobles pagos hechos por concepto de incrementos pensionales que considera la demandante indebidos y por cuya razón solicita el reintegro de lo pagado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Auto 2808 de 2023 y en ese sentido resuelve que, cuando se pretenda el cobro de dineros por parte de una entidad pública, que fueron pagados de manera inadecuada a un particular y, se requiera el reembolso de estos a través de la figura de la actio in rem verso, la competencia radica en la jurisdicción contencioso-administrativa en virtud de la cláusula general prevista en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Sexto Laboral Municipal de Pequeñas Causas de Cali y a los sujetos procesales e interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Sexto. Laboral Municipal de Pequeñas Causas de Cali y el Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali y DECLARAR que corresponde al Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali el conocimiento del proceso promovido por Colpensiones en contra de Jorge Eliécer Velasco Sandoval.
  5. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-4823 al Juzgado
  6. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Sexto. Laboral Municipal de Pequeñas Causas de Cali y a los sujetos procesales e interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.