A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Monterroza Ramos Rosalba·Demandado Ese Camu Tomas Cipriano Diz Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Montería (Córdoba) y el Juzgado Laboral del Circuito de Lorica.
La controversia se suscita por demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana en contra de la Empresa Social del Estado CAMU Tomás Cipriano Diz –actualmente Iris López Duran– del municipio de San Antero y solidariamente contra Coosalud Ltda. y Copsalusinu SAS., en la que solicita se declare que existió un vínculo laboral entre las partes, unas veces por medio de bolsas de empleo y, en algunas ocasiones, de forma directa con la ESE mediante contrato de prestación de servicios, y como consecuencia, se ordene el pago de las prestaciones sociales debidas, una indemnización moratoria y las agencias en derecho y costas del proceso.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero entre jurisdicciones, la Sala Plena sigue la regla de decisión del conflicto Auto 492 de 2021, reiterada en Auto 785 de 2022, según la cual, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado, a partir de la interpretación del artículo 104 del CPACA, el numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y la jurisprudencia constitucional.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Sexto Administrativo de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Juzgado Laboral del Circuito de Lorica (Córdoba).
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la jurisdicción de lo contencioso administrativo y la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Sexto. Administrativo de Montería (Córdoba) es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Rosalba Monterroza Ramos contra la Empresa Social del Estado CAMU Tomás Cipriano Diz, -actualmente Iris López Duran- del municipio de San Antero (Córdoba).
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4585 al Juzgado
- Sexto. Administrativo de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Juzgado Laboral del Circuito de Lorica (Córdoba).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.