Auto 306/20
Referencia: Nulidad de la Sentencia T-532 de 2019
Expediente: T-7.207.463
Magistrada sustanciadora:
DIANA FAJARDO RIVERA
Bogot, D.C., veintisis (26) de agosto de dos mil veinte (2020)
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en el Decreto 2067 de 1991 y el artculo 36 del Reglamento Interno de la Corporacin (Acuerdo 02 de 2015), profiere esta providencia con fundamento en las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. El 6 de agosto de 2020[1], la Sala Plena de esta Corporacin, en sesin virtual, adopt una decisin de fondo en el trmite de la referencia.
2. El inciso segundo del artculo 36 del Acuerdo 02 de 2015 (Reglamento Interno de la Corte Constitucional), dispone que Ò[l]as providencias deben ser firmadas en un trmino mximo de quince das contado desde el momento en que se dio a conocer a la opinin pblica el sentido del fallo, salvo que el magistrado ponente justifique ante la Sala Plena su ampliacin, por razones vinculadas con cambios sustanciales al proyecto original. En este ltimo caso, la recoleccin de firmas, no podr superar un trmino adicional de treinta dasÓ.
3. La Sala Plena no acogi la ponencia presentada por el magistrado Carlos Bernal Pulido. Por lo tanto, encuentra justificado ampliar el trmino de diez (10) das contenido en el inciso final del artculo 34 del Reglamento Interno de la Corporacin,[2] por un trmino adicional de 15 das que se podr prorrogar por 30 das ms, conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artculo 36 del citado Reglamento.
En mrito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional,
RESUELVE
AMPLIAR EL TRMINO PARA FIRMAS del Auto de Nulidad de la Sentencia T-532 de 2019, en quince (15) das, el cual podr prorrogarse por treinta (30) das ms.
Cmplase,
ALBERTO ROJAS RIOS
Presidente
RICHARD S. RAMêREZ GRISALES
Magistrado (e)
DIANA FAJARDO RIVERA
Magistrada
LUIS GUILLERMO GUERRERO PREZ
Magistrado
ALEJANDRO LINARES CANTILLO
Magistrado
ANTONIO JOS LIZARAZO OCAMPO
Magistrado
GLORIA STELLA ORTêZ DELGADO
Magistrada
CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Magistrada
JOS FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
MARTHA VICTORIA SçCHICA MNDEZ
Secretaria General
[1] Recibido en el despacho de la Magistrada sustanciadora el 21 de agosto de 2020.
[2] ÒArtculo 34. Reglas para las deliberaciones. [É] Cuando como consecuencia de las deliberaciones hayan de efectuarse ajustes a la ponencia, el magistrado sustanciador dispondr de diez (10) das para depositar en la Secretara el texto definitivo.Ó