Micelio
Auto23 de mayo de 2018

A- de 2018

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Personero Municipal De Amagá·Demandado Contratista Ejecutor Del Plan Maestro De Alcantarillado De La Zona Urbana Del Municipio De Amagá -Unión Temporal Redes Amagá 2014 Y Otros

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia Entre El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Antioquia, Sala Tercera De Decisión Laboral Y El Juzgado Primero Promiscuo Municipal De Amagá
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Jurisdiccion Constitucional
  • No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se dejó sin efectos el auto proferido por la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, dentro de la acción de tutela presentada por el Personero Municipal de Amagá contra el Contratista Ejecutor del Plan Maestro de Alcantarillado de la Zona Urbana del municipio de Amagá -Unión Temporal Redes Amagá 2014 y otros, toda vez que la autoridad competente para resolver la acción de tutela instaurada por el accionante es a quien primero se repartió la misma, esto es, a la citada Sala del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, a quien se remite el expediente para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Esta Corte advierte a la Sala que en lo sucesivo se abstenga de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 27 de abril de 2018 proferido por la Sala Tercera de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, dentro de la accion de tutela presentada por el Personero Municipal de Amaga contra el Contratista Ejecutor del Plan Maestro de Alcantarillado de la Zona Urbana del municipio de Amaga -Union Temporal Redes Amaga 2014, la Presidencia de la Republica, el Ministerio de Educacion, Findeter, la Alcaldia Municipal de Amaga y la Empresa de Servicios Publicos del citado ente territorial.
  2. SEGUNDO. REMITIR a la Sala Tercera de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, el expediente ICC-3316 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo respecto del amparo solicitado.
  3. TERCERO. ADVERTIR a Sala Tercera de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia que en lo sucesivo se abstenga de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
  4. CUARTO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado
  5. Primero. Promiscuo Municipal de Amaga, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.