Micelio
Auto5 de diciembre de 2023

A- de 2023

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Unidad Administrativa Especial De Gestion Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Proteccion Ugpp·Demandado Rodriguez Buelvas Maria Del Carmen Y Otro

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena y el Juzgado 9 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia surgida se da por causa de demanda en ejercicio del control de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social contra un acto administrativo por medio del cual la entidad reconoció una pensión de sobrevivientes a favor de unas ciudadanas y que según la demanda se había concedido sin reconocer que las beneficiarias no convivían con el causante desde hacía más de 20 años.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Auto 316 de 2021 y decide que conforme con los artículos 97 y 104 del CPACA, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos.

En consecuencia, resuelve remitir el expediente al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado 9 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena y el Juzgado 9 Laboral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social en contra de la Resolución RDP-013679 del 27 de mayo de 2022.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4290 al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado 9 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.