A- de 2021
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Saps·Demandado Procuradora 25 Judicial Ii Infancia Y Adolescencia, Familia Y Mujeres De Santa Marta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Civil Familia y el Tribunal Administrativo de Magdalena.
En este caso encontró la Corte que sólo se configuró un conflicto aparente, en la medida en que el Tribunal involucrado tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021, para declararse incompetente y no pronunciarse de fondo sobre la solicitud de amparo.
Considera la Sala que dicha conducta afectó gravemente la protección de los derechos fundamentales, cuya defensa se pretende mediante el amparo constitucional.
Concluye la Corporación que quien debe resolver la acción de tutela es la autoridad a quien primero se repartió la misma, esto es, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Civil Familia.
En consecuencia, se ordena remitir el expediente a dicha Corporación, para que de manera inmediata profiera la decisión de fondo a la que haya lugar.
De igual manera, se le hace una advertencia para que, en lo sucesivo, e abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto por cuanto ello afecta la protección inmediata de derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 6 de mayo de 2021 proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Civil Familia, dentro del expediente ICC-4005.
- Segundo. REMITIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Civil Familia el expediente ICC-4005 para que, de manera inmediata, inicie el tramite de amparo respectivo y profiera la decision de fondo a que haya lugar en relacion con la tutela promovida por el ciudadano SAPS contra la Procuradora 25 Judicial II de la Infancia, Adolescencia, Familia y Mujeres de Santa Marta.
- Tercero. ADVERTIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, sala Civil Familia que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto por cuanto ello afecta la proteccion inmediata de derechos fundamentales.
- Cuarto. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Tribunal Administrativo de Magdalena, Despacho 01.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.