A- de 2013
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Ruben Dario Maya Restrepo·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia si los vicios que se invocan implican una afectación ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Causal de nulidad
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Negar solicitud de nulidad de sentencia T-425/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-425/09.
El peticionario solicitó la nulidad de la providencia de la referencia, al considerar que la Sala de Revisión inaplicó los criterios jurisprudenciales para determinar el cumplimiento del requisito de inmediatez y porque desconoció jurisprudencia de la Corporación respecto a la indexación de la primera mesada pensional y las normas que establecen que no se puede decretar la prescripción de oficio.
La Sala Plena concluyó que no se configuró la vulneración del derecho al debido proceso del accionante y que la causal de nulidad alegada no se configuró, para hacer viable la declaratoria de nulidad de la sentencia T-425/09.
DENEGADA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la solicitud de nulidad formulada por el senor Jesus Oswaldo Chaves Chaves, a traves de apoderado, contra la sentencia T-425 de 2009, proferida por la Sala Cuarta de Revision de la Corte Constitucional.
- SEGUNDO. NOTIFIQUESE la presente providencia al solicitante e informesele que contra la misma no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.