Micelio
Auto28 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Ministerio De Educacion Nacional Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Perez De Perez Rosalba

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pasto, el Juzgado Tercero Civil Municipal de Pasto y el Juzgado Catorce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá.

La controversia suscitada fue por solicitud de ejecución de providencia judicial por parte del Ministerio de Educación Nacional-Nación y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en contra de una ciudadana para el cobro del valor de las costas a que fue condenada esta última por un juzgado administrativo dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión del Auto 008/22 y 050/23 según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pasto (Nariño), para que proceda con lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado Catorce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá y al Juzgado Tercero Civil Municipal de Pasto, así como a los demás interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de Pasto (Nariño), el Juzgado
  3. Tercero. Civil Municipal de Pasto (Nariño) y Juzgado Catorce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Primero. Administrativo del Circuito de Pasto (Nariño) es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución promovida en contra de la señora Rosalba Pérez de Pérez.
  5. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4691 al Juzgado
  6. Primero. Administrativo del Circuito de Pasto (Nariño), para que proceda con lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado Catorce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá y al Juzgado
  7. Tercero. Civil Municipal de Pasto, así como a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.