A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Vega Flor Maria·Demandado Jardin Botanico De Bogota Jose Celestino Mutis
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá D.C., y el Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C., Sección Segunda.
La causa que originó la controversia radica en demanda ordinaria laboral instaurada por una ciudadana en contra del Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis por medio de la cual pretende que se declare, la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre las partes, por haber laborado la demandante como auxiliar de servicios generales y apoyo logístico, a través de contratos de prestación de servicios.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena dirime el conflicto de acuerdo con la regla fijada en el Auto 492 de 2021, la cual refiere que, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C., Sección Segunda, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá D.C., y el Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C., Sección Segunda y DECLARAR que el Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C., Sección Segunda, es la autoridad competente para conocer del proceso adelantado por Flor María Vega en contra del Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis.
- SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-4495 al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C., Sección Segunda, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.