Micelio
Auto24 de agosto de 2010

A- de 2010

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Ana Rita Parrado Castaño Vs Alcaldia Municipal De Ramiriqui Boyaca

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Penal del Circuito de Ramiriqui, el cual considera que no es competente toda vez que la acción se dirige contra una autoridad de orden municipal, y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal el cual declaró su incompetencia invocando que el juez ante el cual se presentó la acción debió conocer de la misma.

La Sala encuentra que la entidad accionada es de orden municipal y por lo tanto el amparo debe ser tramitado frente a los Jueces Municipales por lo tanto se decide remitir el expediente a el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Ramiriqui.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Ramiriquí, de fecha 27 de julio de 2010.
  3. Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
  4. Primero. Promiscuo Municipal de Ramiriquí para que de forma inmediata, tramite la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991
  5. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado Penal del Circuito de Ramiriquí, la decisión adoptada en esta providencia.
  6. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.