Micelio
Auto21 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Empresa De Telecomunicaciones De Bogota Sa -Esp Etb Sa Esp·Demandado Corporacion Mi Ips Santander

Tema · dato duro
Proceso Judicial Para Cobro De Factura Por Prestación De Servicios Públicos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 7 Civil del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga.

La controversia fue originada por demanda ejecutiva presentada por la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A E.S.P., en contra de la Corporación Mi IPS SANTANDER, con el fin de obtener el pago de la suma contenida en título valor por concepto de servicios prestados y facturado y los intereses causados.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena sigue la línea de los Autos 708 de 2021 y 686 de 2023 y concluye que, la jurisdicción ordinaria es competente para conocer de los asuntos en los que se pretenda el cobro de facturas emitidas en el marco de un contrato de prestación de servicios públicos, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 2108 de 2021 que modificó el artículo 10 de la Ley 1341 de 2009 y el artículo 15 del CGP.

Consecuentemente, resuelve remitir el expediente al Juzgado 7 Civil del Circuito de Bucaramanga para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 7 Civil del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga; en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 7 Civil del Circuito de Bucaramanga es la autoridad competente para conocer de la demanda promovida.
  2. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4829 al Juzgado 7 Civil del Circuito de Bucaramanga para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.