A- de 2020
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se confirma en su integridad el auto recurrido
- Incumplimiento de requisitos de especificidad y suficiencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
El rechazo de la demanda se dio porque el escrito de subsanación presentado por el actor no corrigió los yerros identificados en el auto de inadmisión.
La Sala Plena de la Corporación considera que le asiste razón a la magistrada sustanciadora al señalar que la fundamentación de la censura no cumple los requisitos de especificidad y suficiencia y, en tal medida, decide CONFIRMAR el auto cuestionado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el auto del 7 de mayo de 2020, a traves del cual se rechazo la demanda correspondiente al expediente D-13666, contentivo de la accion publica de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Humberto de Jesus Longas Londono, contra los articulos 3, 5, 6, 7, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 27, 28, 30, 31, 33 (parcial), 34, 37, 38, 39, 40, 48, 49, 61, 62 (parcial), 63, 64, 65, 66, 67, 69, 70, 73, 76, 77, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 93, 94, 95, 97, 98, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 112, 113, 115, 116, 120 (parcial), 121, 122, 126, 127, 129, 131, 132, 133, 134, 135 (parcial), 136 (parcial) y 160 (parcial) de la Ley 2010 de 2019, "por medio de la cual se adoptan normas para la promocion del crecimiento economico, el empleo, la inversion, el fortalecimiento de las finanzas publicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones".
- Segundo. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional a comunicar el contenido de esta decision a los recurrentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.