Micelio
Auto16 de mayo de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Antonio María Ardila Prada·Demandado Nueva Eps

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Suscitado Entre El Juzgado Cuarto De Familia Oral De Santa Marta Y El Juzgado Segundo Penal Del Circuito Con Función De Conocimiento De Bucaramanga.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se dejó sin efectos el auto proferido por el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bucaramanga dentro del proceso de tutela de la referencia, toda vez que fue la ciudad en la que se presentó el supuesto menoscabo del derecho al debido proceso del accionante.

En consecuencia, se remitió el expediente a dicha autoridad judicial para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 1 de febrero de 2018, proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bucaramanga dentro del proceso de tutela de la referencia.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3296, el cual contiene la accion de tutela presentada por Antonio Maria Ardila Prada, al Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bucaramanga para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. TERCERO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia al actor y al Juzgado
  6. Cuarto. de Familia Oral de Santa Marta.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.