Micelio
Auto21 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Castro Cruz Liliana·Demandado Universidad De Pamplona

Tema · dato duro
Demanda Laboral Interpuesta Por Docente Catedrático De Universidad Pública.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Pamplona, Norte de Santander y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Cúcuta.

La controversia se presentó por demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana en contra de la Universidad de Pamplona a través de la cual pretende que se declare la existencia de contrato laboral celebrado entre las partes, que la demandante dio por terminado unilateralmente el contrato de trabajo y en consecuencia, se condene a la demandada al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones correspondientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena dirime el conflicto reiterando la regla dispuesta en Auto 223 de 2023 de acuerdo con el cual la jurisdicción ordinaria laboral es la competente para conocer y decidir una demanda relativa al reconocimiento de acreencias laborales de un docente ocasional y/o de cátedra de una institución pública de educación superior, de conformidad con el numeral 1 del artículo 2 del CPTSS y el artículo 74 de la Ley 30 de 1993.

Por consiguiente, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Pamplona para que continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Cúcuta y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Pamplona y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Cúcuta, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda presentada por la señora Liliana Castro Cruz contra la Universidad de Pamplona corresponde al Juzgado
  3. Primero. Civil del Circuito de Pamplona.
  4. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4618 al Juzgado
  5. Primero. Civil del Circuito de Pamplona para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Cúcuta y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónNatalia Ángel Cabo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.