Micelio
Auto21 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Gutierrez Carvajal Jose Hernan·Demandado Alcaldia De Bogota Y Otros

Tema · dato duro
Proceso Promovido Para Determinar La Existencia De Una Relación Laboral, Presuntamente Encubierta A Través De La Sucesiva Suscripción De Contratos De Prestación De Servicios Con El Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Jurisdicciones entre el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá.

La controversia fue planteada por demanda de controversias contractuales en contra de la Alcaldía de Bogotá (Secretaría Distrital de Desarrollo Económico) por un ciudadano que pretende se declare la nulidad de los contratos de prestación de servicios suscritos, se condene a la indemnización de perjuicios derivados del contrato realidad laboral que habría existido entre las partes y el consecuente pago de las prestaciones y acreencias laborales que correspondan.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena determina que la jurisdicción competente para determinar si existió una relación laboral entre el demandante y la Alcaldía de Bogotá que fue presuntamente encubierta en la suscripción sucesiva de contratos de prestación de servicios es la Contencioso Administrativa, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, siguiendo la regla establecida en Auto 492 de 2021.

Por consiguiente, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogotá, así como a los demás interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo de Bogotá y el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá y debe reasumir la competencia del referido proceso.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4593 al Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogotá, así como a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.