A- de 2025
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Colpensiones·Demandado Rozo Vasquez Victor Julio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 021 Laboral del Circuito de la misma ciudad, suscitado por demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por la Administradora Colombiana de Pensiones, con el fin de que se declare que la Resolución, expedida por la misma entidad, que otorgó una pensión de vejez a favor de un ciudadano, es nula, por cuanto el valor percibido hasta la fecha por concepto de la pensión de vejez es superior al que realmente le corresponde percibir.
Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera necesario aplicar la regla jurisprudencial fijada en el auto 316 de 2021, por virtud de la cual los artículos 97 y 104 del CPACA establecen una cláusula especial de competencia que le atribuye a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo la exclusividad para conocer de las demandas que la administración interpone contra sus propios actos administrativos, incluidos los que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social.
Se remite el expediente al Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá para que continúe con el trámite del proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 21 Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la Resolución No. SUB-297547 del 28 de octubre de 2019.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6177 al Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 21 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.