A-290/26 de 2026
Ponente Carlos Camargo Assis
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán y la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga (Valle).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
La Sala Plena consideró que ninguna de las autoridades involucradas en el presente caso ostenta la competencia territorial para resolver el mecanismo de amparo instaurado y, por ello, decidió remitir el expediente a la Oficina de Apoyo Judicial de Bogotá para que adelante un nuevo reparto en aplicación de los principios de economía, celeridad y eficacia que rigen la acción de tutela.
Se hizo una advertencia a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga para que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.