A- de 2022
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias relacionadas con un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Quinto Civil de Oralidad del Circuito de Popayán y el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca- La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de restitución de inmueble que interpuso la Corporación Autónoma Regional del Cauca en contra de COOTRAFORC, a raíz de la terminación del contrato suscrito entre ellos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan la restitución de tenencia de un inmueble, cuando una de las partes sea una entidad pública y las pretensiones se relacionen con el posible incumplimiento de un contrato estatal, corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa, de acuerdo con el numeral 2º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado
- Quinto. Civil de Oralidad del Circuito de Popayán y el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca es la autoridad competente para conocer del proceso de restitución de tenencia de inmueble presentado por la Corporación Autónoma Regional del Cauca en contra de la Cooperativa Agroforestal del Cauca.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-414 al Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.