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A. 290/01
Salvamento de votoAuto A. 290/0110 de octubre de 2001

Salvamento de voto

MagistradoJosé Gregorio Hernández Galindo

Tema de la sentencia: Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechazo La Demanda

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

salvamento de voto del Magistrado José Gregorio Hernández Galindo, El artículo 241 Superior, le confió "la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución", a la Corte Constitucional en los términos por este señalados, razón por la cual esta Corporación, ha de ceñirse de manera estricta en el ejercicio de sus funciones a las que de manera taxativa se le señalaron allí. Ver Sentencia C-420 de 2000, M.P. Alejandro Martínez Caballero. Ver entre otros Sentencia C-397 95 -M.P. José Gregorio Hernández Galindo, Auto 013 00 M.P. Vladimiro Naranjo Mesa, Auto 174 01, M.P. Eduardo Montealegre Lynett. artículo 22 del Decreto 2067 de 1991 Ver Sentencia C- 890 96 M.P. Alejandro Martínez Caballero y Auto 086 01 M.P. Dr. Jaime Araujo Rentería. En Sentencia C-113 de 1993 afirmó: “sólo la Corte Constitucional, de conformidad con la Constitución, puede, en la propia sentencia, señalar los efectos de ésta”. Ver sentencias C-397 95 y C-700 99 M.P. José Gregorio Hernández. Expedientes acumulados D- 2559, D- 2574 y D-2586. Salvo los expresamente mencionados. M.P. Vladimiro Naranjo Mesa. Auto 016 98 M.P. Carmenza Isaza (E).