Micelio
Auto8 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Morera Urrego Blanca Cecilia·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Icbf

Tema · dato duro
Acción De Nulidad De Acto Administrativo Y Declaratoria De Existencia De Vinculación Laboral Propia De Un Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad de acto administrativo y declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 25 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá y el Juzgado 39 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos se originó en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana en contra del ICBF, pretendiendo que se anulara el acto administrativo contenido en el oficio y se ordenara el reconocimiento de su verdadero y real vínculo laboral de servicio pública de facto adscrita a esa entidad, al igual que el reconocimiento y pago de los valores correspondientes a derechos salariales y prestacionales.

La demandante fue vinculada a la entidad como madre comunitaria a través del programa de Hogares Comunitarios.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró lo dispuesto en los Autos 054, 061, 389 y 869 de 2022, a través de los cuales estableció la competencia judicial para conocer de las demandas que pretendan que se declare la existencia de una relación laboral en la calidad de empleado público y se dicten medidas de restablecimiento dirigidas a garantizar derechos laborales de ese tipo de vinculación, en los jueces administrativos.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 25 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 25 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá y el Juzgado 39 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 25 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá es el competente para conocer del medio de control presentado por la señora Blanca Cecilia Morera Urrego.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1881 al Juzgado 25 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 39 Laboral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.