Micelio
Auto16 de julio de 2015

A- de 2015

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Gladys Medina·Demandado Ministerio De Agricultura Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Reiteración auto A.124/09
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Buga, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y el Juzgado Primero Administrativo de Buga, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Luego de reiterar las normas que determinan la competencia en materia de tutela y de analizar el caso en concreto, la Corte Constitucional dirime el asunto ordenando la remisión del expediente a la Corte Suprema de Justicia para que sin más demoras continúe con el trámite de la segunda instancia y profiera decisión de fondo respecto de la protección invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 20 de marzo de 2015 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Segundo. REMITIR a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Gladys Medina contra el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER), para que sin más demoras, continúe con el trámite de la segunda instancia y profiera decisión de fondo respecto de la protección invocada.
  3. Tercero. INFORMAR de esta decisión al Tribunal Superior de Buga, Sala Quinta de Decisión Civil Familia, así como al Juzgado
  4. Primero. del Circuito Administrativo de Buga, Valle del Cauca, para que tengan conocimiento de sobre lo aquí resuelto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.