A- de 2025
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Gregorio Eljach Pacheco·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Finalidad
- Debe demostrar que su intervención en la expedición de la norma fue activa y determinante y que dicha intervención guarda relación con el asunto a resolver
- No aceptar por falta de argumentos en la causal de intervención en la expedición de la norma
- Alcance de la causal de intervención en la expedición de la norma acusada
- Marco normativo y jurisprudencial
- Causales no pueden aplicarse con el mismo rigor al Procurador general de la Nación
- Naturaleza y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el Procurador General de la Nación.
El jefe del Ministerio Público le solicitó a la Corte relevarlo del deber de rendir concepto en el presente proceso de constitucionalidad.
Lo anterior, por considerar que se encontraba incurso en la causal consistente en haber intervenido en la expedición de la norma objeto de control constitucional.
Ello, toda vez que participó de forma verbal y escrita durante el trámite legislativo, en ejercicio de las funciones de su otrora condición de secretario general del Senado de la República.
Recordó la Corte que la causal de impedimento invocada en este caso no solo exige demostrar la existencia de alguna circunstancia particular que permita considerar que la imparcialidad e independencia del jefe del Procurador se encuentran comprometidas, sino también que esta carga argumentativa esta en cabeza del funcionario que la invoca.
Teniendo en cuenta que el señor Procurador no explicó lo anterior, la Sala Plena de la Corporación declaró INFUNDADO el impedimento analizado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DECLARAR INFUNDADO el impedimento manifestado por el procurador general de la Nación para emitir concepto dentro del expediente D-15.994.
- SEGUNDO. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.