A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Comparta Eps S En Liquidacion·Demandado Departamento Del Atlantico
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios de salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Octavo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla y el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia suscitada entre los Despachos se originó por demanda ejecutiva singular de mínima cuantía instaurada por la Cooperativa de Salud Comunitaria Empresa Promotora de Salud Subsidiada COMPARTA EPS-S en liquidación en contra del departamento del Atlántico - Secretaría Departamental de Salud, con el propósito de que se libre mandamiento de pago por sumas respaldadas en facturas que se originaron por servicios y tecnologías de salud no incluidos en el POS, hoy PBS, suministradas a usuarios del régimen subsidiado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Autos 177 de 2023, además de los Autos 403 y 788 de 2021, según el cual de conformidad con cláusula general de competencia establecida en el artículo 12 de la Ley 270 de 1996 le corresponde a la jurisdicción ordinaria, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de obligaciones derivadas de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud, que no se deriven de la existencia de una relación contractual entre las partes.
En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Octavo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Octavo. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla y el Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
- Octavo. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla el conocimiento de la demanda ejecutiva promovida por la Cooperativa de Salud Comunitaria Empresa Promotora de Salud Subsidiada COMPARTA EPS-S en liquidación en contra del departamento del Atlántico - Secretaría Departamental de Salud.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4755 al Juzgado
- Octavo. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.