A- de 2018
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Erika Natalia Moreno Salazar Y Otros
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se levanta la suspensión de términos decretada en virtud de lo dispuesto en el Auto 305 de 2017, con sujeción a lo dispuesto por la Sala Plena en sesión del 9 de mayo de 2018, con el fin de dar continuidad a la demanda de inconstitucionalidad contra los Arts. 175 y 185 (parcial) de la Ley 1819 de 2016, “por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones”.
Se ordena a la Secretaria General, dar cumplimiento a los numerales 2, 3, 4, 5 y 7 de la parte resolutiva del Auto de 17 de julio de 2017.
Finalmente, se reconoce a la señora Karola Enríquez Arias como parte demandante en el proceso de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Con sujecion a lo dispuesto por la Sala Plena en sesion del 9 de mayo de 2018, entiendase por levantada la suspension de terminos decretada en este proceso, en virtud de lo dispuesto en el Auto 305 de 2017.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaria General, DESE cumplimiento a los numerales 2, 3, 4, 5 y 7 de la parte resolutiva del Auto de17 de julio de 2017.
- TERCERO. RECONOCER como parte demandante en el proceso de la referencia a la senora KAROLA ENRIQUEZ ARIAS.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.