Micelio
Auto29 de mayo de 2019

A- de 2019

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Jehovana Pardo Martinez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaracion O Adicion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia pues se trata realmente de una solicitud de modificación
Aclaracion O Adicion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional cuando exista una razón objetiva de duda que impida el entendimiento de la providencia
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de modificación de la Sentencia T-354/18.

Se solicitó a la Corporación modificar la providencia de la referencia, en el sentido de indicar que el pago del retroactivo ordenado en el numeral segundo de la parte resolutiva debió reconocerse a partir de la fecha de estructuración de invalidez.

Concluye la Sala de Revisión que, exigirle a la Corte que modifique su decisión es un requerimiento que, antes de buscar el entendimiento y cumplimiento pleno del fallo, lo que persigue es alterar en forma sustancial el contenido del mismo, es una circunstancia que resulta inadmisible en el trámite de revisión ante la Corporación.

Se RECHAZA por improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud presentada por Jehovana Pardo Martínez como apoderada judicial de Dubys Raquel Coronado Carrillo, en relación con la sentencia T-354 de 2018 proferida el 31 de agosto de 2018 por la Sala Séptima de Revisión de Tutelas.
  2. SEGUNDO. INFORMAR a Jehovana Pardo Martínez, apoderada judicial de Dubys Raquel Coronado Carrillo, que contra el presente auto no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a la solicitante.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.