A- de 2013
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Ariel Ruperto Villa Espinosa Vs Centro Penitenciario Y Carcelario De Valledupar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Factor territorial
- Reiteración Auto 124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Medellín y el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y de analizar el caso en concreto, la Sala decide el asunto ordenando enviar el expediente al Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Medellín, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo de primera instancia a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Medellin, el 16 de agosto de 2013, dentro de la accion de tutela promovida por el senor Ruperto Villa Espinosa contra el Director del Centro Penitenciario y Carcelario de Valledupar.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Medellin, el expediente que contiene la accion de tutela presentada por el accionante (expediente ICC-1943), para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo de primera instancia a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar, la decision adoptada en la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.