A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Seguros De Vida Suramericana Sa·Demandado Positiva Compañía De Seguros Sa Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prestación económica a cargo del Sistema de Seguridad Social
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá.
La controversia se generó por causa de demanda ordinaria laboral presentada por Seguros de vida Suramericana S.A. en contra de Positiva Compañía de Seguros S.A. y La Equidad Seguros de Vida Organismo Cooperativo, a través de la cual se solicita que se declare la obligación de las demandadas a reembolsar el valor de las prestaciones económicas y asistenciales que ha asumido, en virtud de las enfermedades laborales de los afiliados.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena decidió que la competencia para conocer sobre casos que involucren a las Administradoras de Riesgos Laborales con ocasión del pago del auxilio económico por incapacidad laboral, corresponde a la Jurisdicción Ordinaria Laboral de acuerdo con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.4 del Código Procesal de Trabajo y de la Seguridad Social, teniendo como referencia lo contemplado en Autos 337 de 2023, 810 y 1460 de 2022 y 329 y 389 de 2021.
De acuerdo con lo anterior, la Corte dispuso el envío del expediente al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión al Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda presentada por Seguros de vida Suramericana S.A. contra Positiva Compañía de Seguros S.A. y La Equidad Seguros de Vida Organismo Cooperativo corresponde al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4266 al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión al Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.