A- de 2014
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Julian Andres Velez Zea Vs. Ejercito Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Juzgado Penal del Circuito
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bello y el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Analizada la situación planteada por los despachos involucrados, advierte la Sala Plena que la discusión gira en torno a la aplicación de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000.
Se insiste, en que los únicos conflictos de competencia existentes en tutela son los relacionados con el factor territorial y los que se presentan en acciones dirigidas contra medios de comunicación, de conformidad con el artículo 37 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Se determina que, en asuntos como el analizado en este caso, el funcionario a quien le correspondió en primer lugar el conocimiento de la acción de tutela debe tramitarla o decidir su impugnación según sea el caso.
Con base en lo anterior, se decide remitir al expediente al Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bello, Antioquia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del trece (13) de mayo de dos mil catorce (2014), proferido por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Bello, Antioquia, mediante el cual se declaro incompetente para conocer de la accion de tutela presentada por Julian Andres Velez Zea contra el Ejercito Nacional - Ministerio de Defensa Nacional.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Bello, Antioquia, para que de forma inmediata tramite la accion de tutela mencionada.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad, la decision adoptada en esta providencia.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.