Micelio
Auto8 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Ordoñez Martinez Oscar Fernando·Demandado Ministerio De Defensa Nacional Ejercito Nacional

Tema · dato duro
Conflicto Originado En El Contrato De Trabajo De Trabajador Oficial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo de trabajador oficial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cincuenta y Cuatro Administrativo del Circuito de Bogotá.

Causa la controversia entre los Despachos, demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por un ciudadano, en contra de la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional – División de Asalto Aéreo, con el propósito de que se revoque el acto ficto a silencio administrativo y, entre otros, se declare la existencia de una relación laboral.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Auto 1453 de 2022 y determina que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer de las controversias de carácter laboral entre un trabajador oficial y el Ministerio de Defensa Nacional.

Esto, de conformidad con los artículos 105.4 del CPACA, 2.5 del CPTSS y 3 del Decreto 1792 de 2000.

Por consiguiente, resuelve remitir el expediente al Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Cincuenta y Cuatro Administrativo del Circuito de Bogotá.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Décimo. Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cincuenta y Cuatro Administrativo del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Décimo. Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del presente asunto.
  4. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3575 al Juzgado
  5. Décimo. Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Cincuenta y Cuatro Administrativo del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.