A- de 2021
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Harold Eduardo Sua Montaña
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de aclaración del Auto 165/21, mediante el cual se rechazó por falta de pertinencia la recusación formulada por el aquí peticionario en contra de las Magistradas Diana Fajardo Rivera, Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo Schlesinger y los Magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar, Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo, José Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Ríos.
De manera específica el memorialista solicitó a la Corporación indicar si, tras la falta de pertinencia de la recusación que fue rechazada puede volver a presentar la misma, supliendo las falencias atisbadas en el precitado auto, o, si la misma resultaría extemporánea.
La Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR la aclaración pretendida y ordenar al solicitante que, en lo sucesivo, se abstenga de formular peticiones manifiestamente improcedentes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DECLARAR de oficio la nulidad de los Autos 117, 165, 176, 178, 179, 216, 217 y 277 todos de 2021, proferidos por la Sala Plena de la Corporacion; los autos proferidos por el magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo los dias 8 y 21 de abril de 2021; y el registro del proyecto fallo en el proceso con numero de radicado D-13956, realizado el 22 de abril de 2021.
- Segundo. ORDENAR rehacer los autos y las actuaciones procesales declaradas nulas en el numeral anterior.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.