Micelio
Auto22 de noviembre de 2013

A- de 2013

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sin Información·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra El Iss En Liquidacion Y Colpensiones
  • Otorgar oportunidad de planificar escenarios de atención para suspensión de incidentes de desacato en relación con reconocimiento y pago de reliquidación pensional
  • Medida para resolver solicitudes prestacionales atendiendo fecha de radicación sea tutela o sanción por desacato y adelantamiento del turno para cumplir tutela que impuso sanción por desacato
  • Persistencia de dificultades en recolección de información en proceso de acatamiento al auto A110/13
  • Pruebas para aclaración y adición de informe periódico en seguimiento al auto A110/13
  • Rendir informe periódico incluyendo cifras sobre trámites de represamiento en seguimiento al auto A110/13
1 tema · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el objeto de tener un panorama suficiente que le permita a la Corporación adecuar las órdenes a impartir a las necesidades y capacidades de las accionadas como de sus usuarios y ahora accionantes, la Sala considera pertinente insistir en la completitud de la información presentada por Colpensiones en los reportes periódicos mensuales.

En tal sentido, dispone que el informe correspondiente a diciembre se presente dentro de los cinco primeros días de este mes.

Igualmente, solicita al Defensor del Pueblo y a la Procuradora Delegada para los Asuntos de Trabajo y Seguridad Social que, en el evento en que Colpensiones solicite en dicho informe la suspensión de las sanciones por desacato, rindan concepto sobre el mismo, dentro de los tres días siguientes al recibo de la correspondiente copia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Solicitar a Mauricio Olivera González en su calidad de presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones o quien haga sus veces, que rinda informe a esta Corporación en los términos dispuestos en la parte motiva de esta providencia. El plazo dispuesto para el cumplimiento de lo ordenado es el señalado para presentar el
  2. quinto. informe mensual de que trata el numeral
  3. cuarto. de la parte resolutiva del Auto 110 de 2013. En ese sentido, la respuesta se deberá incluir en el documento que la entidad presentará a la Corte Constitucional en los cinco primeros días del mes de diciembre de 2013.
  4. Segundo. Solicitar al Defensor del Pueblo y a la Procuradora Delegada para los Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social, que en el evento en que Colpensiones pida en el informe periódico de diciembre, la suspensión de las sanciones por desacato de las peticiones de reliquidación pensional de los usuarios del régimen de prima media administrado por Colpensiones, rindan concepto dentro de los tres días siguientes al recibo de la copia del mismo, manifestando su posición y expresando su concepto sobre el cumplimiento de los lineamientos referidos en el párrafo 18 de esta providencia. Para los mismos efectos la Corte remitirá copia de esta providencia al representante del ISS en liquidación.
  5. Tercero. Ordenar a Mauricio Olivera González en su calidad de presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones o quien haga sus veces, que dentro del día siguiente a la comunicación de esta providencia, ubique copia del presente auto en la página web de la entidad, en el espacio destinado para los documentos relativos al plan de acción de Colpensiones.
  6. Cuarto. Remitir copia de esta providencia al Defensor del Pueblo, a la Procuradora Delegada para los Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social y al representante del Instituto de Seguros Sociales en liquidación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.