Micelio
Auto2 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Maria Del Pilar Mendoza Botero·Demandado Sociedad De Activos Especiales S.A.E

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia En Tutela Por Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali y el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Buga.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santiago de Cali, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.

Al otro operador jurídico involucrado se le advirtió que, siempre que proponga la existencia de un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 11 de septiembre de 2023, proferido por el Juzgado
  2. Quinto. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santiago de Cali, en el marco de la acción de tutela promovida por María del Pilar Mendoza Botero en contra de la Sociedad de Activos Especiales - SAE.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4519 al Juzgado
  4. Quinto. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santiago de Cali, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Tercero. Civil del Circuito de Buga que, siempre que proponga la existencia de un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el auto 550 de 2018.
  7. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
  8. Tercero. Civil del Circuito de Buga la decisión adoptada mediante esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.