A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Ips Respirar·Demandado Par Caprecom Liquidado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Chocó y los Juzgados Quinto Administrativo Oral del Circuito y Segundo Laboral del Circuito de Quibdó.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda que interpuso la IPS Respirar Unidad de Cuidados Intensivos y Coronarios S.A.S. en contra de la Nación y otros, buscando la declaratoria de nulidad de la resolución con la que el agente liquidador de CAPRECOM aceptó parcialmente el monto de una reclamación para el pago de servicios hospitalarios de urgencia vital que prestó a pacientes de esa entidad.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 477/21 mediante la cual se estableció que, corresponde a los jueces de lo contencioso administrativo el conocimiento de los asuntos que pretendan el control de los actos administrativos proferidos por el agente liquidador de entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, relativos a la aceptación, rechazo, prelación o calificación de créditos y los que impliquen ejercicio de funciones públicas, en virtud del artículo 7 del Decreto 254 de 2000.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados y a los otros dos operadores jurídicos involucrados en el tema.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Chocó y el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, por una parte, y el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Quibdó, por la otra, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción de lo contencioso administrativo, representada en este caso por el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, es la competente para conocer de la demanda que presentó IPS Respirar Unidad de Cuidados Intensivos y Coronarios S.A.S. contra la Nación-Ministerio de Salud y Protección Social-Patrimonio Autónomo Remanentes CAPRECOM Liquidado.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4474 al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados, al Tribunal Administrativo del Chocó Administrativo y al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Quibdó.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.