A- de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Mariano Tadeo Henao Ospina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caduca en el término de un año, contado desde la publicación del acto
- Rechazar recurso de súplica por caducidad de la acción
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Súplica interpuesto contra el auto del 2 de septiembre de 2013, dictado dentro del proceso de la referencia por el Magistrado NILSON PINILLA para rechazar la demanda por encontrarse caducada la acción de constitucionalidad interpuesta.
La Sala Plena decide CONFIRMAR en todas sus partes el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR en todas sus partes el Auto del dos (02) de septiembre de dos mil trece (2013), proferido por el despacho del Magistrado Ponente en el proceso D-9824, doctor Nilson Pinilla Pinilla, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Marino Tadeo Henao Ospina en contra del paragrafo del articulo 36 de la Ley 1335 de 2009.
- Segundo. ARCHIVESE el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.